La tierra pública fue en todos los tiempos una fuerte de especulación más que un instrumento de trabajo y de producción propiamente tal, se imponía, naturalmente, la colonización del territorio desierto y se recurrió para ello a la venta a bajo costo o a la donación de tierras públicas.
Después de la campaña de Roca en 1879, hubo un extraordinario reparto de tierras a políticos y militares, según la ley de premios. Los herederos de Adolfo Alsina recibieron 15.000 hectáreas; cada jefe de frontera, 8.000; cada jefe de batallón o regimiento 5.000; los sargentos mayores de regimiento o batallón y los jefes de las planas mayores de fronteras, 4.000; los capitanes y ayudantes mayores de regimiento o batallón, 2.500; los tenientes primeros y segundos de batallón o regimiento, 2.000; los subtenientes, alféreces, abanderados, portaestandartes y toda oficial de las planas mayores de fronteras, 1.500; los individuos de tropas, bonos por 100 hectáreas.
Muchos de los beneficiados negociaron los bonos de propiedad de tierras que no conocían a pocos centavos la hectárea; y cuando los acaparadores tuvieron en sus manos una importante cantidad dc bonos, acudieron al gobierno para que fijase la ubicación de las tierras así logradas.
Hechas las mensuras correspondientes se vio que el Estado se desprendía, en favor de 541 personas, de 733.701 hectáreas en la Pampa, de 2.507.870 en Río Negro, 114.570 en Neuquén, 1.218.269 en Chubut y de 5.000 en Tierra del Fuego . En total: 4.589.510 hectáreas.
Anteriormente las "leyes de favor" sancionadas después de 1853, dieron a 154 personas, que nunca colonizaron y muy pocas tuvieron idea de colonizar, 2.828.317 hectáreas en la región del Litoral; de esas 154 personas, 70 eran jefes militares de alta graduación, que recibieron gratuitamente hasta 1896 trescientas once leguas.
Desde 1876 a 1893 se enajenaron tierras de algunas provincias y territorios nacionales que abarcaban el 35 por ciento del total de la superficie respectiva, o sea más de 41 millones de hectáreas, repartidas casi por nada entre familias de abolengo, favoritos del gobierno y militares.
Yrigoyen reaccionó con todos los medios a su alcance contra esa política de despilfarro de las tierras públicas.
Arturo Capdevila identifica su posición al respecto con la doctrina de Henry George, que sostiene el valor fundamental de la tierra y su potencialidad rectora de la renta frente al interés y al salario.
Llamó enérgicamente al orden al gobernador de La Rioja, hombre de su partido, que proyectaba subastar tierras públicas y le telegrafió para recordarle que la tierra pública no se vende, que hay que buscar otras soluciones fiscales.
Y cuando el gobernador de Santiago del Estero quiso hacer algo similar, se dirigió a él expresando estos conceptos: "Tras grandiosos, esfuerzos, estamos en pleno renacimiento de vida y de valores nacionales; pero no hemos llegado todavía a la hora en que convenga a los estados desprenderse de la propiedad raíz que ha de fundamentar los mayores desenvolvimientos de la nacionalidad. La tierra pública, empleada como elemento de trabajo, es el más poderoso factor de civilización. De ahí que una nación del grado de cultura a que ha llegado la nuestra no debe desprenderse de sus tierras, sino para entregarlas a la labor dc muchos, a la colonización intensa y a la radicación de hogares múltiples. El latifundio retarda el progreso, porque especula a sus expensas sustrayendo esas grandes extensiones a toda útil y vigorosa acción colectiva".
En su primer mensaje al Congreso reafirmó su pensamiento sobre el tema: "No ignora V. H. que la tierra pública fue la piedra de escándalo de todos los abusos de una época. El país es testigo de su salteamiento. Y así se vio esta poderosa riqueza dilapidada". . . En su intención estaba un plan orgánico de colonización. "La tierra pública constituye el sagrado patrimonio de la Nación, que ha de utilizarse para obtener los debidos beneficios para el pueblo, pero sin que el Estado se desprenda ni de un solo adarme de su exclusiva propiedad". Y reitera que "la riqueza de la tierra, como la del subsuelo mineral de la República, no puede ni debe ser objeto de otras explotaciones que las de la nación misma".