Como consecuencia de la crisis Gran Bretaña realizo un conferencia con sus colonias imperio británico en Ottawa, en julio de 1932, que admitió la preferencia del comercio entre los miembros del imperio, para 1933 se redujo la importación en Inglaterra de carne enfriada (chilled) de procedencia argentina en 100.000 toneladas, eso sin contar la caída de los precios y en las cantidades de trigo.
Si por un lado se quiso buscar el amparo de Gran Bretaña por el pedido de expertos financieros y monetarios, por otro se procuró provocar alguna decisión práctica favorable mediante el envío de una misión presidida por el vicepresidente Julio A. Roca a Londres, integrada por personas de reconocida anglofilia, Miguel Angel Cárcano, Guillermo Leguizamón, presidente del directorio argentino de los ferrocarriles ingleses; Raúl Prebisch, que había sido subsecretario de hacienda en el gobierno de Uriburu.
Las gestiones se prolongaron durante tres meses, fueron laboriosas y las tramitaciones llegaron a puntos muertos; la misión estuvo a punto de regresa sin ninguna concreción. Las negociaciones por parte del gobierno inglés fueron conducidas por Walter Runciman, presidente del Board of Trade.
Finalmente, se concertó el convenio conocido como de Roca-Runciman, firmado el 1 de mayo de 1933,
El pacto Roca-Runciman obligó al país a una serie de concesiones con la promesa de que él Reino Unido "no impondrá restricciones a la importación de carne vacuna enfriada procedente de la Argentina que reduzcan esas importaciones a una cantidad inferior a la importada en el trimestre correspondiente del año 1932, excepto cuando, a juicio del Reino Unido, fuera necesario asegurar un nivel remunerativo de precios del mercado del Reino Unido". En esa circunstancia el gobierno británico consultaría con el argentino y con los dominios a los fines de convenir la reducción de las importaciones de carne vacuna enfriada. Quedaba libre así el Reino Unido para restringir la compra de carnes argentinas si ello convenía a su mercado interno para mantener el nivel de precios de su propia producción.
Julio A. Roca a su llegada a Londres en 1933
Además el 85 por ciento de las licencias para la importación de carnes argentinas debía ser distribuido por el Reino Unido y no por el gobierno argentino, con lo que se trababa la autonomía de la exportación para firmas comerciales argentinas y se consolidaba el trust de los frigoríficos ingleses y norteamericanos. Sólo el 15 por ciento restante quedaba a disposición de la distribución por el gobierno argentino mediante esta cláusula del convenio: "En caso de que el gobierno o los ganaderos argentinos, bajo la acción de una ley especial, tuvieran la propiedad, control o administración de empresas que no persigan fines de beneficio privado, sino una mejor regulación del comercio con el propósito de asegurar un razonable beneficio ganadero, el gobierno del Reinó Unido estara dispuesto a permitir a importadores importar carne procedente de tales empresas hasta el 15 por ciento de la cantidad total importada de la Argentina al Reino Unido.
Tal porcentaje debe incluir las importaciones actualmente permitidas del frigorífico de Gualeguaychú y del municipal de Buenos Aires, sobreentendiéndose que dichos embarques serán colocados en el mercado por las vías normales, teniendo en cuenta la necesidad de la coordinación del comercio en el Reino Unido, y toda autorización del Reino Unido a que se refiere este párrafo será acordada en tal inteligencia".
En resumen, Gran Bretaña no se obligaba ni comprometía a nada substancial en beneficio de la Argentina y ésta adquiría importantes compromisos en favor de Gran Bretaña, que podía restringir la compra de carne cuando le conviniera, sin contar la distribución del 85 por ciento de los pedidos.
La Argentina se comprometía a mantener libres de derechos el carbón y todas las otras mercaderías que se importaban entonces libres de gravámenes aduaneros; y en cuanto a los derechos de aduana sobre otros productos, respecto de los cuales el Reino Unido gestionaba una reducción para volver a las tasas y aforos vigentes en 1930, el gobierno argentino se comprometía a no imponer ningún nuevo derecho ni a aumentar los existentes por conceptos de tasas, aforos o por cualquier otro medio; a seguir una política contraria a la reducción de las tarifas ferroviarias; a obtener en favor del comercio británico la totalidad del cambio procedente de compras inglesas y en ningún caso el cambio para las remesas a Gran Bretaña sería menos favorable que para las remesas a otros países a dispensar .a las empresas británicas de servicios públicos y otros en la Argentina, fueran éstos servicios nacionales, municipales o privados, un tratamiento benévolo y la protección de sus intereses.
Lisandro de la Torre se refirió en el Senado a una de las estipulaciones del convenio, la de la distribución de los pedidos de importación en el Reino Unido: "En estas condiciones no podría decirse que la Argentina se haya convertido en un dominio británico, porque Inglaterra no se toma la libertad de imponer a los dominios británicos semejantes humillaciones. Los dominios británicos tienen cada uno su cuota y la administran ellos . La Argentina es la que no podrá administrar su cuota; lo podrá hacer Nueva Zelandia, lo podrá hacer Australia, lo podrá hacer el Canadá, lo podrá hacer hasta Africa del Sur. Inglaterra tiene, respecto de estas comunidades de personalidad internacional restringida, que forman parte de su imperio, más respeto que por el gobierno argentino".
El propio ministro de hacienda, Alberto Hueyo, renunció a su cargo en disidencia con las estipulaciones del convenio y ocupó entonces su puesto Federico Pinedo, que llevó adelante el plan. Hueyo resumió su modo de ver en el libro La Argentina en la depresión mundial y en 1937 expuso sus ideas financieras en el Colegio libre de estudios superiores.
Hubo una reacción en escritores y críticos y ensayistas políticos, como los hermanos Irazusta y Scalabrini Ortiz contra el convenio Roca-Runciman; Arturo Jauretche lo calificó como "estatuto legal del coloniaje".
Saavedra Lamas ratifica el tratado Roca-Runciman y firma el mensaje al Congreso.