A fin de constituir la Asamblea del Año XIII, rápidamente el Segundo Triunvirato, el 24 de octubre de 1812, decretó la cantidad de diputados que le correspondería, en razón de su importancia a cada parte del Virreinato
Juan José Paso inauguró el congreso y dio la bienvenida a los diputados. Fue elegido presidente Carlos de Alvear y secretarios José Valentin Gómez e Hipólito Vieytes.
La Asamblea se declaró soberana y asumió la representación de las provincias; estableció la inviolabilidad de los diputados y delegó las funciones ejecutivas, con carácter interino, en las mismas personas que las ejercían.
Dispuso que se le prestase juramento de acatamiento y fidelidad por los generales, gobernadores, autoridades civiles y eclesiásticas, vecinos cabeza de familia de Buenos Aires y de todos los pueblos y lugares del territorio de las Provincias Unidas; pero la fórmula del juramento excluyó esta vez la fidelidad a Fernando VII.
El ejército de Belgrano prestó juramento a la Asamblea el 13 de febrero a orillas del río Pasaje, ante la bandera que había enarbolado en las barrancas de Rosario y que había sido bendecida por Gorriti en Jujuy; el ejército sitiador de Montevideo realizó el 8 de abril la ceremonia de la jura ante las murallas de la ciudad sitiada.
En la fórmula del juramento se interrogaba sobre los siguientes puntos:
"¿Reconocéis representada en la Asamblea general constituyente la autoridad soberana de las Provincias Unidas del Río de la Plata? ¿Juráis reconocer fielmente todas sus determinaciones y mandarlas cumplir y ejecutar? ¿No reconocer más autoridades sino las que emanen de su soberanía? ¿Conservar y sostener la libertad, integridad y prosperidad de las Provincias Unidas del Río de la Plata, la santa religión católica, apostólica, romana y todo en la parte que os comprenda?"
El ejército de Belgrano prestó juramento a la Asamblea el 13 de febrero a orillas del río Pasaje, ante la bandera que había enarbolado en las barrancas de Rosario y que había sido bendecida por Gorriti en Jujuy; el ejército sitiador de Montevideo realizó el 8 de abril la ceremonia de la jura ante las murallas de la ciudad sitiada.
Los diputados se fijaron una dieta de 1.500 pesos. Alvear propuso que los diputados de los pueblos se considerasen diputados de la Nación y que su representación fuese la de las Provincias Unidas colectivamente; la mención de la Nación implicaba de hecho una concepción de la independencia. Se aprobó: "Los diputados de las Provincias Unidas son diputados de la nación en general".
La Asamblea percibió signos de cierta frialdad y de oposición, pero se mostró inflexible en ese punto y exigió por todos los medios que se le prestase juramento.
A pedido del poder ejecutivo, aprobó la suspensión de las garantías individuales (8 de octubre) por seis meses, que prorrogó luego por otros seis meses más. La victoria de Salta dio al gobierno y a la Asamblea un mayor ascendiente moral y, por motivos políticos más que por una apreciación de la significación militar, se dio a esa batalla victoriosa más trascendencia de la que tenía en realidad.
Poco después se imprimió la traducción que había hecho Manuel Belgrano de la despedida de Washington al pueblo de los Estados Unidos, a fin de que sirviese de modelo al pueblo y al gobierno para constituir una nación libre e independiente, según los deseos del traductor.
En sus primeras sesiones, el 27 de febrero, fue sancionado el Estatuto dado al supremo poder ejecutivo, que deslindaba sus atribuciones y facultades para el ejercicio de la autoridad. Ese Estatuto tiene muchos puntos de coincidencia con el Estatuto provisional de noviembre de 1812, obra de Rivadavia.
Los miembros del poder ejecutivo se renovaban cada seis meses, comenzando por el más antiguo, según el orden de su nombramiento; la presidencia era rotativa; el supremo poder ejecutivo era inviolable y solamente podía ser removido por la Asamblea en caso de traición, cohecho, malversación de caudales públicos o violación de sus soberanos decretos; la Asamblea dio al gobierno la plenitud de sus atribuciones ejecutivas; en ese antecedente de 1813 asienta el origen de los amplios poderes que confiere al presidente de la Nación la constitución de 1853. Ningún miembro del poder ejecutivo podía salir de la capital o tomar el mando de los ejércitos ni otra comisión especial sin permiso de la Asamblea.
Cuando Rodríguez Peña enfermó por más de seis días fue designado suplente Vicente López y Planes, y cuando cumplió Álvarez Jonte el período legal de seis meses en el cargo, la Asamblea designó para sucederle a Gervasio A. Posadas. José Julián Pérez entró en un proceso de deca-dencia mental y fue sustituido por Juan Larrea.
En las secretarías del Triunvirato actuaron Juan Manuel de Luca y Domingo Trillo desde el 8 de octubre; luego fueron designados Tomás Allende, en el departamento de guerra, Manuel José García, en el de hacienda; Manuel Moreno sustituyó a Juan Manuel de Luca en agosto de 1813.
Los resúmenes de las sesiones y de los trabajos de la corporación fueron publicados en El Redactor de la Asamblea, que comenzó a publicarse el 27 de febrero, y del cual vieron la luz 24 números con un total de 98 páginas; el redactor fue Monteagudo, aunque se haya sostenido que fue fray Cayetano Rodríguez; otro de los órganos oficiales fue la Gaceta ministerial, que dependía directamente del poder ejecutivo; después del 8 de octubre, este órgano de prensa, a cargo de Manuel José García, pasó a manos de José León Banegas, con la ayuda de Monteagudo, y después de la sublevación de Fontezuelas se encargó de su redacción al deán Funes.
Hubo otro periódico en el mismo período, El Independiente, bajo la redacción de Pedro José Agrelo y Manuel Moreno; parece haber surgido de una insinuación hecha por Sarratea desde Londres para hablar de los desaciertos de Fernando VII y de la situación de España sin comprometer al gobierno en sus juicios.