El 8 de julio de 1884, bajo la presidencia de Julio Argentino Roca, se promulgó la Ley 1420 de educación común, laica, gratuita y obligatoria. La ley aprobada estableció la instrucción primaria obligatoria, gratuita y gradual. La obligatoriedad suponía la existencia de la escuela pública al alcance de todos los niños, medio para el acceso a un conjunto mínimo de conocimientos, también estipulados por ley.
En 1883 el Senado de la Nación aprobó un proyecto oficial de nueva ley de educación común. El 4 de julio pasó a la Cámara de diputados y dio origen a un debate que determinó su sustitución por otro, donde se acentuaba la orientación liberal. El proyecto rechazado, que admitía la enseñanza obligatoria y gratuita, hablaba de las obligaciones de los padres y de instruir a los niños en moral y religión. Sobre ese tema se desarrolló un gran debate que se centró en torno a los poderes del Estado y de la Iglesia y en la recíproca denuncia de los males del liberalismo y del catolicismo. El diputado Lagos García dijo en la Cámara: "Debo decirlo con franqueza: la cuestión que se debate no es cuestión de escuela atea; no es tampoco cuestión religiosa siquiera, es simplemente una cuestión de dominación".
Onésimo Leguizamón, ex-ministro de instrucción pública del gobierno de Avellaneda, que había presidido el Congreso pedagógico, fue en el Congreso un valeroso adalid de la nueva ley, con el apoyo de Carlos María Bouquet, Luis Leguizamón, Luis Lagos García, Delfín Gallo, Emilio de Alvear, Juan Bautista Ocampo y Angel D. Rojas. Un soporte decisivo en el debate, en que participaron oradores parlamentarios de la talla de Pedro Goyena y Tristán Achával Rodríguez, fue el ministro Eduardo Wilde, aparte del respaldo del propio presidente Roca.
Pedro Goyena como militante católico y con una capacidad como orador y polemista notable se opuso a la Ley 1420 de 1884 de enseñanza pública, gratuita y obligatoria, que estableció la escuela pública laica, como también se opuso y representó la opinión del pensamiento católico, contra la Ley de matrimonio civil sancionada en 1888 sosteniendo que el único tipo de matrimonio que debía ser reconocido por el Estado era aquel que es realizado y registrado por la Iglesia Católica.
El proyecto originario fue rechazado como se ha dicho y se aprobó el de los legisladores liberales. El Senado, a su vez, rechazó el de estos últimos, pero al año siguiente insistió la Cámara de diputados y el Senado aceptó el proyecto; en diputados se aprobó por 43 votos contra 10. senador Igarzábal hizo un último esfuerzo para resistirlo, pero fue inútil.
El 8 de julio de 1884 el poder ejecutivo promulgó la nueva ley de educación común, la 1.420.
El artículo 80 establecía que "la enseñanza religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de la respectiva comunión y antes o después de las horas de clase".
La enseñanza primaria cobró en este período un notable impulso. En 1881 funcionaban 1.214 escuelas públicas, con 1.915 maestros y 86.927 alumnos; en 1885 había 1741 escuelas, con 4.736 maestros y 168.378 alumnos; en 1886 las escuelas ascendían a 1.804, los maestros a 5.348 y los alumnos a 180.768, y en esas cifras no entran las escuelas de los territorios ni las privadas y de las congregaciones religiosas masculinas y femeninas.
Durante muchos decenios, esa ley fue un instrumento eficaz contra el analfabetismo; a los diez años de su aplicación el índice de analfabetos había descendido al 53,5 %.